¡Hola, comunidad de GIVEL!
Si en tu día a día manejas temas de seguridad social, nóminas, recursos humanos o contabilidad, esta información es de carácter urgente. Recientemente, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio un paso definitivo hacia la unificación digital y ha oficializado un cambio que transforma la manera en que realizamos nuestros trámites.
A través del acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el IMSS establece nuevas reglas para el acceso a sus plataformas.
Para que no te tome por sorpresa, en Givel Nomikhor te resumimos los 4 puntos más importantes que debes conocer y aplicar de inmediato:
1. La e.firma es el único acceso válido
El IMSS ha dictaminado que la e.firma (antes FIEL) emitida por el SAT será, a partir de ahora, el único certificado digital válido para firmar y realizar actos electrónicos ante el Instituto. Esto busca homologar la identidad digital de los contribuyentes y patrones.
2. Despedida definitiva del NPIE
Si estabas acostumbrado a utilizar el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) para acceder al IDSE u otros portales, es momento de decirle adiós. Este certificado tradicional queda oficialmente sin efectos.
3. Trámites de Representación Legal
Se acabaron los múltiples certificados. A partir de este acuerdo, la acreditación y vinculación de los representantes legales deberá gestionarse exclusivamente a través del Escritorio Virtual del IMSS. Para ello, será estrictamente necesario contar tanto con la e.firma vigente de la empresa (persona moral) como la del representante (persona física).
4. Periodo de Transición (¡El reloj está corriendo!)
El IMSS es consciente de que este cambio requiere adaptación, por lo que otorgó un periodo de transición de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del acuerdo. Durante este tiempo, es obligación de las empresas y patrones migrar sus accesos y asegurarse de que sus e.firmas estén activas. Si se vence el plazo y no has migrado, no podrás realizar movimientos afiliatorios ni trámites.
💡 La recomendación de Givel Nomikhor:
No esperes al día 89 para revisar tu estatus. Te sugerimos validar hoy mismo que las e.firmas del SAT de tus empresas y representantes legales estén vigentes, y realizar la vinculación en el Escritorio Virtual lo antes posible para evitar multas, recargos o dolores de cabeza por no poder dar de alta o baja a un trabajador a tiempo.
Para que puedas revisar los fundamentos legales y los detalles técnicos de este acuerdo, te dejamos el documento oficial a continuación:
📥 Descarga el documento oficial aquí:
👉 [https://drive.google.com/file/d/1FX4PCk-j6UcYYyTXkCKVD5v0WyH-xySH/view?usp=drivesdk] 👈
¿Tienes dudas sobre cómo realizar la vinculación en el Escritorio Virtual? Déjanos tus comentarios y con gusto te ayudaremos en nuestro próximo artículo.